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Desde
estas páginas queremos poner a tu disposición
los conocimientos más elementales en todo aquello
que se refiere a la contratación de una póliza
de seguros. Para empezar si ya tienes alguna contratada
es conveniente que des un repaso a estas y estés
pendiente de su vencimiento.
Nunca esta de más, pues seguramente cambie el importe
e inclusive el contenido de estas. Lo cual te debe ser comunicado
por la aseguradora.
Si estas pensando en cambiar de compañía no
lo dejes para última hora, debes comunicarlo y empezar
a buscar con tiempo para contratar el mejor seguro para
el bien a asegurar
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| Hazte
aconsejar por un Corredor de Seguros, único profesional por
Ley, están especializados y son independientes.
No te fijes solo en el precio, es muy importante que valores las
coberturas de los diferentes seguros que tienes intención
de contratar.
Pide información de los distintos seguros para un mismo riesgo
en diferentes aseguradoras.
Es muy importante leerse el contrato antes de firmar. No te quedes
con dudas, ante estas, pregunta a tu Corredor
Cuando tomes la decisión, elige el seguro que más
se adapta a tus necesidades.
Cuando rellenes el cuestionario, responde con exactitud a todas
las preguntas, te evitara sorpresas.
Ten presente que habrás formalizado el contrato con la aseguradora
cuando hayas firmado la póliza. La solicitud a ti no te obliga,
pero sí a la compañía que tiene obligación
de mantener la solicitud durante 15 días.
Las pólizas tienen dos partes. Las Condiciones Generales
(comunes para toda Póliza), y las Condiciones Particulares
(que hacen individual el contrato).
Toda exclusión de Coberturas en una póliza debe estar
en negrita o forma destacada. Por otra parte, la famosa letra pequeña
del contrato esta prohibida, cualquier cláusula que limite
el contrato y este en este formato de letra anula dicha cláusula
(Ley del Contrato de Seguro)
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Los elementos formales
del seguro son aquellos que forman parte del contrato que se suscribe
entre la aseguradora y el tomador. Estos son: |
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Es el documento con
el que se solicita la contratación de un seguro. En él
se recoge la voluntad de contratar un seguro, que el futuro tomador
dirige a la entidad aseguradora, y debe contener la descripción
del riesgo asegurar, con el detalle que el asegurador necesite para
conocer sus características y establecer, en función
de las mismas, el precio y condiciones bajo las cuales puede otorgarse
la garantía solicitada. Por ello la inexactitud, ocultamiento
o falsedad de los datos solicitados tendrán efecto sobre
la validez del contrato suscrito.
Una ved recibida la solicitud en la aseguradora, si de la información
contenida se deduce que es un riego asegurable en las condiciones
definidas, se procederá a la emisión del contrato.
Si por el contrario, las condiciones del riesgo son especiales,
la entidad aseguradora rechazara la solicitud o realizara una propuesta
con las condiciones con la que está dispuesta a asumir el
riesgo.
La solicitud del seguro no vincula al solicitante.
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La solicitud del
seguro permitirá al asegurador hacer una valoración
del riesgo, y si es necesario, formulará una proposición
de seguro que después el tomador del seguro aceptará
o no.
La propuesta de seguro es un documento emitido por la aseguradora
basada en la solicitud que formula el asegurado, en este documento
el asegurador hace una propuesta de las condiciones en las cuales
acepta la cobertura del riesgo.
En el contenido de la póliza deberán estar presentes
los términos que figuraban en la proposición, el tomador
tiene un mes para pedir la corrección de dicha póliza,
si no se ajusta a la propuesta. Si vence el plazo de reclamación,
serán definitivas las condiciones que figuran en la misma.
Por Ley, la aseguradora debe entregar, junto a la proposición
de seguro, las condiciones generales del contrato.
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Es el documento que
extiende la aseguradora como documento provisional de la existencia
de una determinada cobertura de seguro. Por lo general se hace a
petición del tomador o asegurado, para justificar, si lo
precisan, la existencia de un seguro sobre un cierto riesgo. Esto
en caso de que la aseguradora no haya tenido tiempo de emitir la
póliza |
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